
Stevia rebaudiana. Foto: B. Vanaclocha
Recientemente se ha publicado una Nota Informativa de la AECOSAN, Aprobada en Comisión Institucional de 25 de marzo de 2015, por la que se revisa la situación del uso de los productos de estevia (Stevia rebaudiana Bertoni), a la luz de los datos de seguridad de esta planta.
Desde 2011 se encuentra autorizado en la Unión Europea el uso del edulcorante E 960, glucósidos de esteviol, procedentes de Stevia rebaudiana, mediante el Reglamento (UE) nº 1131/2011, de la Comisión, de 11 de noviembre de 2011, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Sin embargo, en lo que se refiere a las plantas y hoja seca de Stevia rebaudiana, a fecha de hoy, la EFSA considera que no se ha confirmado el historial de consumo significativo de la planta y las hojas de Stevia rebaudiana Bertoni en alimentación humana antes del 15 de mayo de 1997, por lo que esta planta tiene consideración de nuevo alimento o nuevo ingrediente alimenticio que requiere autorización bajo el Reglamento de nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios, previa evaluación de su seguridad. Los datos que se han presentado hasta la fecha no se han considerado por el momento suficientes para demostrar un consumo importante en Europa, y por tanto se mantiene la consideración de nuevo alimento para la planta y las hojas.
Concluye la Nota diciendo que “esta legislación es de aplicación a nivel de la Unión Europea, por tanto, mientras no haya un cambio en el estatus de la planta y las hojas de Stevia rebaudiana Bertoni o se autorice como nuevo alimento, España mantendrá el criterio acordado en la Unión Europea, y no permitirá la puesta en el mercado nacional de la planta y las hojas de Stevia rebaudiana Bertoni para ser consumidas como alimento, independientemente de que algunos Estados miembros puedan estar aplicando políticas más flexibles en relación a este tema”.
Nota Informativa de la AECOSAN de 25 de marzo de 2015